TEPJF declara inaplicable primera parte del Plan B de la Reforma Electoral

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inaplicable la primera parte del denominado “Plan b” de la reforma en materia electoral impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
La determinación modifica el concepto de propaganda gubernamental misma que flexibiliza la intervención de servidores públicos en los procesos electorales.
Dicha parte es una copia del decreto de interpretación que fue aprobado por Morena e invalidado el año pasado por el TEPJF y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quienes determinaron que iba en contra de la Constitución, de acuerdo con una publicación de Milenio.
Esto al resolver algunas quejas presentadas contra Morena por el PRD y Movimiento Ciudadano por un evento realizado el año pasado con los aspirantes a las gubernaturas de Coahuila y el Estado de México, así como los presidenciables, los cuales, acusaron fueron eventos anticipados de campaña y uso indebido de recursos.
Además de revisar el proyecto, los magistrados analizaron la primera parte de la reforma electoral que fue publicada a finales de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, y que los consejeros del INE advirtieron que era inaplicable ya que, señalaron, era una copia del decreto de Morena.
“Es la primera vez que se considera el concepto de propaganda gubernamental que se introdujo en la reciente reforma a la Ley General de Comunicación social y su aplicación en el análisis de las denuncias presentadas. Si bien es derecho vigente, en Coahuila es imposible aplicarla, pues las leyes electorales deben publicarse 90 días antes y esta ley se publicó el 27 de diciembre del año pasado y el proceso inició en enero”, señaló el magistrado Luis Espíndola Morales.
“Y si lo valoramos en la elección federal, resulta que tampoco sería aplicable puesto que la definición que da la reforma, es la misma que analizó la Sala Superior, cuando ésta ya se pronunció respecto al decreto de interpretación auténtica en 2022. Recordemos que en esa ocasión, la Sala Superior determinó que dicha interpretación era contraria a la Constitución”, agregó.
Asimismo subrayó que en la Constitución, las leyes electorales son ejes que definen y definirán la decisión que tomaron y que seguirán tomando en casos venideros.
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