SCJN limita facultades del Tribunal Electoral en juicios de amparo contra reforma judicial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no tiene jurisdicción para invalidar los juicios de amparo promovidos contra la elección judicial, en un fallo que marca un precedente clave en el debate sobre la reforma judicial.
Con una votación de tres a siete, el máximo tribunal del país aprobó en el fondo el proyecto impulsado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
En la misma sesión, la SCJN ordenó a los jueces que han emitido suspensiones contra la reforma judicial a que revisen sus determinaciones en un plazo de 24 horas, lo que podría derivar en cambios en las resoluciones previas.
Sin embargo, el pleno no alcanzó los seis votos necesarios para obligar al TEPJF, el Senado, el Instituto Nacional Electoral (INE) y los Comités de Evaluación a acatar las suspensiones que se han emitido en torno a la reforma.
Este fallo genera un nuevo punto de tensión en la disputa por la reforma judicial, en la que distintos sectores han expresado posturas encontradas sobre los alcances del Poder Judicial y sus atribuciones en los procesos electorales.